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Juanico Abogados

Quiero regularizar mi situación en España: ¿puedo solicitar el arraigo social?

Vivir en España sin disponer de una autorización de residencia genera numerosas dificultades: trabajar legalmente, formalizar determinadas gestiones, organizar la vida familiar o simplemente poder afrontar el futuro con mayor seguridad.

Por ello, una de las primeras preguntas que puede plantearse una persona que lleva un tiempo residiendo en España en situación irregular es: ¿puedo regularizar mi situación mediante el arraigo social?

La respuesta depende de las circunstancias concretas. No basta con llevar un determinado tiempo en España ni existe una regularización automática por el mero transcurso de los años. El arraigo social es una de las vías previstas por la normativa de extranjería para obtener una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales, pero exige comprobar que se cumplen los requisitos correspondientes.

¿Qué es el arraigo social?

El arraigo social permite que determinadas personas extranjeras que se encuentran en España puedan solicitar una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales cuando acreditan las condiciones legalmente establecidas.

Se trata, por tanto, de una vía que puede permitir regularizar una situación administrativa irregular sin necesidad de partir simplemente de la idea de regresar al país de origen para iniciar desde allí otro procedimiento.

Sin embargo, antes de preparar una solicitud debe analizarse si el arraigo social es realmente la modalidad adecuada, porque la normativa contempla distintos tipos de arraigo, cada uno con sus propios requisitos.

¿Cuánto tiempo tengo que llevar en España?

El tiempo de permanencia es una de las primeras cuestiones que debe comprobarse.

Actualmente, con carácter general, el arraigo social exige acreditar una permanencia continuada en España durante al menos los dos años anteriores a la solicitud.

No basta con manifestar que se lleva ese tiempo residiendo en el país. Será necesario poder acreditarlo mediante documentación.

Por ello, una persona que está pensando en solicitar el arraigo debería reunir documentos que permitan reconstruir su permanencia efectiva en España durante el periodo exigido.

¿Cómo puedo demostrar que he estado viviendo en España?

El empadronamiento constituye un documento importante, pero el análisis no debería limitarse necesariamente a un único medio de prueba.

Dependiendo de las circunstancias, pueden existir otros documentos que ayuden a acreditar la presencia en España durante el periodo correspondiente.

Documentación administrativa, sanitaria, bancaria, municipal o de otras características puede resultar relevante siempre que permita situar al interesado en España en determinadas fechas.

Lo importante es conseguir una secuencia documental suficientemente coherente de la permanencia, evitando confiar toda la solicitud a documentos aislados que dejen periodos importantes sin justificar.

¿Puedo haber salido de España durante ese periodo?

La exigencia de permanencia continuada obliga a prestar atención a las posibles salidas del territorio español.

Por ello, antes de presentar la solicitud conviene revisar los viajes realizados y comprobar si pueden afectar al cumplimiento del requisito temporal.

Pasaporte, sellos de entrada y salida y otra documentación relacionada con los desplazamientos pueden resultar importantes para reconstruir correctamente la situación.

No debería ocultarse una salida ni confiar en que la Administración no la detectará. Lo adecuado es analizar previamente su duración y sus posibles efectos sobre la solicitud.

¿Necesito tener familiares en España?

El arraigo social está estrechamente relacionado con la existencia de vínculos familiares o con la acreditación de la integración social en los términos establecidos por la normativa.

Por ello, la situación familiar del solicitante constituye uno de los elementos que deben estudiarse.

La existencia de determinados familiares residentes legalmente en España puede ser relevante. Cuando no concurran los vínculos familiares exigidos, deberá analizarse la posibilidad de acreditar la integración mediante el informe correspondiente de integración social.

Esto significa que dos personas que lleven exactamente el mismo tiempo viviendo en España pueden necesitar documentación diferente para tramitar su solicitud.

¿Necesito obligatoriamente un contrato de trabajo?

Esta es una de las dudas más habituales y conviene no partir de información antigua sobre el arraigo.

La regulación actual del arraigo social no debe confundirse con el anterior modelo en el que el contrato de trabajo ocupaba una posición central en esta figura.

Hoy deben analizarse los medios económicos y las circunstancias exigidas específicamente para esta modalidad, así como comprobar si, por la situación concreta de la persona, otra figura de arraigo puede resultar más adecuada.

Por ello, disponer de una oferta de trabajo no debería llevar automáticamente a concluir que la solicitud correcta es un arraigo social. Primero debe identificarse qué vía de regularización encaja jurídicamente con las circunstancias del interesado.

¿Qué medios económicos debo acreditar?

La situación económica es uno de los aspectos que deben estudiarse antes de presentar una solicitud de arraigo social.

No basta con acreditar el tiempo de permanencia en España y los restantes requisitos. Es necesario comprobar que concurren los medios económicos exigidos para esta modalidad de arraigo y determinar cómo deben justificarse en función de las circunstancias del solicitante.

Este es uno de los puntos en los que resulta especialmente importante no utilizar información antigua. La regulación de extranjería ha experimentado modificaciones relevantes y los requisitos actuales del arraigo social no deben confundirse con los que se exigían anteriormente.

Por ello, antes de presentar el expediente conviene comprobar qué medios económicos deben acreditarse, de quién pueden proceder y mediante qué documentación pueden justificarse.

¿Qué ocurre si tengo antecedentes penales?

La existencia de antecedentes penales puede tener una incidencia importante en una solicitud de residencia.

Por ello, antes de iniciar el procedimiento conviene comprobar la situación concreta del interesado y la documentación que deberá aportarse respecto de los países en los que haya residido anteriormente.

No todos los antecedentes presentan necesariamente las mismas circunstancias, por lo que, cuando existan, resulta aconsejable analizarlos antes de presentar la solicitud y valorar, en su caso, si procede realizar alguna actuación previa.

Presentar el expediente sin haber estudiado esta cuestión puede provocar dificultades que podrían haberse detectado con anterioridad.

¿Qué documentación conviene preparar?

La documentación concreta dependerá de cada situación, pero el expediente deberá permitir acreditar los diferentes requisitos exigidos.

Entre otros documentos, puede ser necesario disponer de aquellos relacionados con:

  • la identidad y el pasaporte;
  • la permanencia en España;
  • el empadronamiento y otros documentos que acrediten dicha permanencia;
  • los vínculos familiares o la integración social;
  • los medios económicos;
  • los antecedentes penales;
  • y las demás circunstancias particulares que puedan resultar relevantes.

No se trata simplemente de acumular documentos. Lo importante es que exista una documentación suficiente, ordenada y coherente que permita acreditar los requisitos de la autorización solicitada.

¿Qué pasa si presento la solicitud y me falta algún documento?

Cuando la Administración considera que falta determinada documentación o que algún aspecto del expediente debe completarse, puede formular un requerimiento para que el interesado proceda a su subsanación.

Eso no significa que resulte conveniente presentar una solicitud incompleta pensando que posteriormente la Administración indicará lo que falta.

Un requerimiento puede retrasar la tramitación y obliga, además, a actuar dentro del plazo concedido. En otras ocasiones, el problema puede no consistir simplemente en la ausencia de un documento, sino en la dificultad para acreditar correctamente alguno de los requisitos.

Por ello, es preferible intentar presentar desde el principio un expediente completo y jurídicamente coherente.

¿Cuánto puede tardar la resolución?

La tramitación administrativa requiere un tiempo y pueden producirse diferencias dependiendo de las circunstancias del expediente y de la carga de trabajo de la Administración competente.

Durante ese periodo es importante controlar las notificaciones, especialmente porque puede recibirse un requerimiento de documentación o cualquier otra comunicación que exija una respuesta dentro de un plazo determinado.

Una correcta preparación inicial no permite garantizar cuándo llegará la resolución, pero puede contribuir a evitar retrasos derivados de errores, omisiones o documentación insuficiente.

¿Qué ocurre si me deniegan el arraigo?

Recibir una resolución desfavorable no significa que deba actuarse inmediatamente sin analizar primero sus motivos.

Lo primero será comprobar por qué se ha denegado la solicitud y qué requisito considera la Administración que no ha quedado acreditado.

A partir de ahí podrá valorarse si existen fundamentos para impugnar la resolución o si, atendiendo a las circunstancias, resulta más conveniente subsanar el problema y estudiar la presentación de una nueva solicitud cuando sea posible.

Cada denegación debe analizarse individualmente. La decisión de recurrir no debería adoptarse de forma automática, sino después de revisar la resolución y el expediente presentado.

¿Es realmente el arraigo social la mejor opción para mí?

Esta es probablemente la pregunta más importante.

Una persona puede llevar suficiente tiempo viviendo en España y, sin embargo, el arraigo social no ser necesariamente la vía que mejor responda a sus circunstancias.

La situación familiar, laboral y económica, la formación realizada, el tiempo de permanencia y otros elementos pueden hacer necesario estudiar otras modalidades de arraigo u otras vías previstas por la normativa de extranjería.

Por ello, antes de recopilar documentos y presentar una solicitud, resulta conveniente determinar qué procedimiento permite encajar correctamente las circunstancias reales de la persona interesada con los requisitos establecidos legalmente.

Con ello finaliza el análisis de las principales cuestiones que puede plantearse una persona que desea regularizar su situación mediante el arraigo social.

La atención jurídica que prestamos se basa en el estudio individual de cada asunto y de su documentación. JUANICO Abogados, despacho de abogados en Palma de Mallorca, asesora a particulares, autónomos, pymes y empresas en materias de Derecho Civil, Laboral, Penal y de Extranjería, ofreciendo soluciones rigurosas, prácticas y adaptadas a las circunstancias concretas de cada caso.

Estudiar la situación antes de iniciar el expediente de arraigo

En JUANICO Abogados analizamos la situación personal, familiar, económica y documental de la persona interesada antes de iniciar una solicitud de arraigo social.

Comprobamos el tiempo de permanencia en España y la documentación disponible para acreditarlo, estudiamos los vínculos familiares o la integración social, revisamos los medios económicos y las restantes circunstancias que puedan condicionar la concesión de la autorización.

Este análisis permite determinar si el arraigo social es realmente la vía adecuada o si existe otra modalidad de arraigo u otra alternativa de regularización que se ajuste mejor al caso concreto.

Cuando el arraigo social resulta procedente, revisamos y ordenamos la documentación, preparamos la solicitud y efectuamos el seguimiento del expediente, atendiendo también los posibles requerimientos que puedan producirse durante su tramitación.

Nuestro objetivo es que la persona conozca desde el principio sus posibilidades reales de regularización y, cuando exista una vía jurídicamente viable, presentar un expediente correctamente preparado para defender su solicitud ante la Administración.